El pleno del Congreso del Estado de Tlaxcala aprobó modificaciones al Código Penal local para sancionar como delitos a la pederastia y las terapias de conversión sexual; los diputados establecieron que la primera conducta delictiva será castigada con 15 y hasta 20 años de prisión; mientras que la pena para la segunda será de 2 a 4 años de cárcel.
En el caso de la pederastia, las y los diputados locales establecieron que no tendrá caducidad la pretensión penal y la potestad de ejecutar las penas y las medidas de seguridad, por la comisión de aquellos delitos que impliquen cualquier tipo de violencia sexual cometidos en contra de niñas, niños o adolescentes.
Esa conducta ilícita quedó tipificada en el Código Penal con una sanción con 15 a 20 años de prisión y multa de 750 a 2 mil 250 la Unidad de Medida y Actualización (UMA).