La Fiscalía de Distrito Zona Norte, obtuvo la vinculación a proceso del menor de edad de iniciales L. J. T. M., por su probable responsabilidad en el delito de secuestro agravado y portación de armas de fuego y cartuchos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacional, cometidos en Ciudad Juárez.
Con base en los datos de prueba expuestos por el agente del Ministerio Público de la Unidad de Adolescentes Infractores, se acreditó la posible participación del menor de edad, en hechos cometidos el 14 de febrero del presente año en el aeropuerto de Ciudad Juárez, lugar en donde por diversa persona, fue privada la libertad la primera víctima, para ser llevado a un domicilio que se ubica en la colonia Portal del Roble II.
Así mismo, el pasado 20 de febrero se cometió el mismo delito en la central de autobuses que se ubica en el bulevar Óscar Flores, lugar en donde diversa persona privó de la libertad su víctima, para ser llevado a una vivienda que se ubica en la colonia Portal del Roble II, en donde el menor realizaba labores de cuidado y vigilancia de sus víctimas
El ahora imputado secuestró a sus víctimas, con la finalidad de obtener un pago de rescate, así como obligar a sus familiares a realizar dicho pago.
Hechos por los que el menor fue detenido en los términos de la flagrancia por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado el pasado 23 de febrero, en donde además le fue localizado y asegurado:
• Un arma de fuego tipo fusil, calibre estampado 5.569 mm
• Un arma calibre 5.56 la cual no se encuentra en condiciones de producir disparos
• Un cargador abastecido con 15 cartuchos calibre .223
El Juez de Control del Distrito Judicial Bravos, Especializado en Justicia para Adolescentes Infractores, consideró los datos de prueba expuestos por el agente del Ministerio Público para resolver la situación jurídica del imputado, otorgando dos meses de plazo para la investigación complementaria, además de que permanecerá en internamiento preventivo.
**Toda persona adolescente debe ser considerada y tratada como inocente en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia firme emitida por órgano jurisdiccional en los términos señalados en esta ley (artículo 26 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes).



