Un tribunal federal negó en definitiva a Karime Macías el amparo contra la solicitud de extradición al Reino Unido y la orden de aprehensión que pesa en su contra por un supuesto fraude de más de 112 millones de pesos en el sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Veracruz.
Por mayoría de votos, el Primer Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México ha dejado firme la orden de captura y su consecuente trámite de extradición, al concluir que los datos de prueba presentados por la Fiscalía de Veracruz son por ahora suficientes para sostener la imputación.
«Sobre el material probatorio para que se le mandara a aprehender, básicamente aquí se dice que, bajo la premisa de que sólo se requieren datos que hagan probable tanto el delito como la participación de la aquí quejosa, el material disponible que tuvo a la vista la autoridad responsable, cumple con esos estándares que son exigidos para esa orden de captura», dijo el magistrado ponente Juan José Olvera López.
En la sesión del pasado miércoles, el magistrado Horacio Hernández Orozco votó en favor del proyecto de sentencia, mientras que su colega Francisco Javier Sarabia Ascencio lo hizo en contra.
Para la ex esposa de Javier Duarte, la consecuencia de este fallo es que ahora su única posibilidad para no enfrentar la imputación radica en que el Reino Unido niegue su extradición a México.
Una parte del debate entre los magistrados giró en torno a Juan Antonio Nemi Dib, ex Secretario de Salud en el Gobierno de Duarte, quien primero declaró contra Macías en este asunto y luego desmintió sus dichos, alegando que fue presionado y torturado para imputarla.
La importancia de su testimonio ante el Ministerio Público de Veracruz radica en que es la única imputación directa contra Karime en este expediente.
El 25 de mayo de 2018, Alma Aleida Sosa Jiménez, juez de control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de Xalapa, ordenó la captura de Karime por el delito de fraude específico.
Nemi acudió hasta el 13 de noviembre de 2019 ante el Notario Número 27 de Córdoba, Veracruz, Francisco Portilla Bonilla, para rendir su testimonio de desmentido, razón por la que esta declaración no fue considerada cuando se instruyó la aprehensión.
Por lo anterior, en el amparo en revisión, la defensa pidió al tribunal colegiado admitir esta evidencia de descargo y cancelar la captura; sin embargo, en su sentencia del pasado miércoles, no fue considerada.
El magistrado Olvera expuso que, para resolver en esta instancia si una aprehensión fue correcta o incorrectamente ordenada, un tribunal sólo puede evaluar las pruebas que conoció el juez de la causa, como lo establece la Ley de Amparo.
Su colega Horacio Hernández se sumó a esta postura y dijo además que una declaración ante un notario no tiene el alcance que una rendida ante una autoridad judicial, pues al fedatario no le consta que haya existido la tortura.
De acuerdo con el mandato de captura, en su calidad de presidenta del Patronato del DIF en Veracruz, Karime ordenó asignar los contratos para los sistemas de purificación de agua, sanitarios biodegradables, captación pluvial, artículos electrodomésticos, equipo medico, paquetes escolares, gas y productos multivitamínicos.
Pero las contrataciones supuestamente fueron una simulación con seis empresas «fachada» para desviar 112 millones 216 mil 820.36 pesos, entre 2011 y 2012.