Analiza SCJN abrir el expediente del caso contra el cardenal Norberto Rivera

La Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República respondieron que no existían tales denuncias; tampoco se interpusieron en la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) analiza otorgar un amparo a propuesta de uno de sus ministros, para poder conocer las diligencias que se estén llevando a cabo en contra del arzobispo primado emérito de la Arquidiócesis de México, el cardenal Norberto Rivera Carrera, quien fue denunciado penalmente por presuntamente ocultar los casos de 15 sacerdotes pederastas.

La solicitud fue hecha por el exsacerdote Alberto Athié, quien denunció hace tres años en la entonces Procuraduría General de la República (PGR) al cardenal por ocultar los sucesos que él públicamente dijo conocer durante una conferencia con la fuente religiosa el 19 de diciembre de 2016.

Sin embargo, la dependencia no le permitió al ex prelado tener acceso a la investigación por no tener el carácter de víctima.

El tema llegó a la Corte en 2018, pero el proyecto de sentencia del ministro José Ramón Cossío Díaz, quien proponía amparar a Alberto Athié solo fue apoyado por su homólogo Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, por lo que el asunto terminó siendo desechado.

Ahora, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena presentará este miércoles en la Primera Sala de la Corte un nuevo proyecto donde propone modificar la sentencia emitida por un juez federal y otorgar el amparo para ordenar a la autoridad analizar exhaustivamente, si el denunciante puede tener acceso a la investigación y esclarecimiento de los hechos.

El proyecto también menciona que las autoridades deben analizar el interés que tiene la sociedad en su conjunto “de conocer todas las diligencias que se estén llevando a cabo para la oportuna investigación, detención, juicio y sanción de los responsables, cuando dichos delitos sean de lesa humanidad o representen una grave violación de derechos humanos”.

El ministro Ortiz Mena establece que la sociedad en general es garante del derecho de acceder a la información contenida en las averiguaciones previas vinculadas con violaciones graves a derechos humanos, y, por lo tanto, tiene interés jurídico en agotar los recursos idóneos, “pues dicha circunstancia se asocia también con la garantía de su derecho a conocer la verdad de lo ocurrido en dichas violaciones”.

Norberto Rivera dijo a periodistas que había tenido conocimiento de 15 casos de sacerdotes pederastas y que los había investigado, y enviado al Vaticano sus expedientes y que el Papa, según Rivera, los había sentenciado. Alberto Athié ya había solicitado información a diversas instancias para conocer si el cardenal había reportado los casos a las autoridades mexicanas.

La Secretaría de Gobernación y la Procuraduría General de la República respondieron que no existían tales denuncias; tampoco se interpusieron en la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

Tras la denuncia de Alberto Athié, la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas de la PGR, abrió un expediente. Después pudo conocer que el cardenal había declarado que se había equivocado en el número y que en lugar de 15 eran seis sacerdotes.

Como la PGR no le permitió al ex sacerdote conocer la investigación, promovió un amparo, pero el juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal sostuvo que el quejoso carecía de interés jurídico, aunque sí contaba con interés legítimo para la promoción del juicio, por la negativa de la autoridad ministerial que atendió la solicitud de acceso a los registros de investigación y de copias en su carácter de denunciante.

El ministro Gutiérrez Ortiz Mena propone que el Ministerio Público siga los lineamientos constitucionales fijados sobre la excepción de dicha reserva tratándose de casos que involucren graves violaciones a los derechos humanos o delitos de lesa humanidad.

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