Diputados avalan el uso lúdico de la mariguana

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En una discusión que se prolongó hasta la madrugada de este jueves, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el uso lúdico, libre y legal de la mariguana en el país.

El dictamen fue mandado al Senado, instancia en donde se aprobó originalmente, con la finalidad de ser sometido a revisión para después ser enviado al Ejecutivo.

El proyecto ‘pasó’ con 250 votos a favor, 163 en contra y 14 abstenciones.

Con lo aprobado en San Lázaro, la ciudadanía podrá portar, legalmente, hasta 28 gramos de cannabis, equivalentes a 28 cigarros.

Los diputados de Morena destacaron que con esta decisión se da un avance histórico en el país, que permitirá dejar de criminalizar a las personas que consumen la sustancia y que será un paso clave para lograr la pacificación del país.

«Estamos haciendo camino al andar», aseveró el legislador capitalino Javier Hidalgo.

«Va a servir de negocio, va a servir para el país. Va a dar riqueza va a dar utilidad», agregó el diputado morenista Samuel Herrera.

Diputados del PAN, sin embargo, se opusieron a la ley al considerar que afectará la salud de niños, jóvenes y adolescentes.

«El uso de esta sustancia también afecta el pensamiento, las habilidades, la coordinación motora y la percepción sensorial», comentó María de los Ángeles Anaya, diputada del PAN por Guanajuato.

El dictamen avalado por los diputados tiene algunas modificaciones sustanciales a lo que originalmente se aprobó en la Cámara alta.

Por ejemplo, contrario a lo estipulado por el Senado de crear el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis y de establecer la posibilidad de tener hasta cuatro plantas de mariguana en casa, los diputados decidieron designar a la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) -dependiente de la Secretaría de Salud- como el órgano regulador, y aumentar a seis las plantas de la cannabis en casa, hasta ocho si hay dos consumidores y con un máximo de hasta 50 plantas.

Entre otras modificaciones, los diputados pusieron como medida de protección a la salud la obligación de limitar o prohibir la adquisición, posesión y consumo de mariguana en personas de entre 18 y 25 años; y un límite a la cantidad de plantas permitidas en las sociedades de cultivo y consumo.

Se incluyó limitar la venta de cannabis y sus derivados a través de medios personalizados y se prohíbe su comercialización en máquinas expendedoras, correo, teléfono, o internet; se reconoce el derecho de las personas mayores de 18 años a consumir cannabis psicoactivo, sin afectar a terceros, en particular, menores de edad.

Se incluye despenalizar la producción para comercialización y venta con fines lúdicos, así como la producción con fines de investigación y el cultivo de cáñamo con fines industriales.

Se agrega prohibir el consumo de cannabis durante cualquier tipo de trabajo o actividad laboral remunerada, también en lugares públicos, incluidos sitios de trabajo o escuelas, ya sean públicas o privadas.

Resalta también el señalamiento de que el consumo en menores de edad estaría prohibido, aunque el dictamen no plantea ningún tipo de amonestación para estas personas; se incluye como ilegal todo tipo de acto de promoción y propaganda relacionada con el consumo de mariguana.

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