El Vaticano publicó las nuevas normas para aprobar las apariciones o fenómenos sobrenaturales para que puedan ser objeto de culto, cambiando el procedimiento ya que, tras un estudio por parte del obispo, bastará un ‘Nihil obstat’ (no hay objeción) y ya no será necesaria la declaración de “sobrenaturalidad”.
El documento deja claro, que tanto el Dicasterio para la Doctrina de la Fe como el papa siempre tendrán la última palabra para intervenir y aprobarlo o rechazarlo en cualquier momento y solo el pontífice podrá declarar la “sobrenaturalidad” de un caso.
En un documento de unas 20 páginas se explica la necesidad de poner orden con “procedimientos claros” en este tipo de manifestaciones de presunto origen sobrenatural que a veces han llevado a “cometer actos gravemente inmorales o han sido pretexto para ejercer dominio sobre las personas o cometer abusos”.