Exhorta Seguridad Pública a no tirar basura, ni escombro en áreas públicas

El incumplimiento de esta obligación implica sanciones según el Reglamento de Justicia Cívica del Municipio

Con el objetivo de desarrollar una mejor convivencia social entre los chihuahuenses, el Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Seguridad Pública, emite recomendaciones básicas y a su vez realiza un exhorto a respetar las obligaciones contempladas en el Reglamento de Justicia Cívica, mismas que de ser cumplidas correctamente, evitarán sanciones económicas o amonestaciones por parte de la autoridad.

Arrojar basura o escombro en la vía pública o áreas prohibidas, se ha convertido en una práctica común que afecta no sólo la imagen de la ciudad, sino al medio ambiente y la salud de los moradores contiguos, para lo cual existen lugares especiales destinados por el municipio donde se captan este tipo de materiales.

Según el Artículo 37 del citado reglamento, son infracciones contra la propiedad en general, y del medio ambiente:
V. Arrojar en lugares no autorizados, animales muertos, escombros, basura, sustancias fétidas, tóxicas, corrosivas, contaminantes o peligrosas para la salud.

Por otra parte, en el Artículo 38, se contempla como infracción que atenta contra la salud pública:
IV. Acumular basura en el tramo de acera y calle del inmueble que habita.

En ambos casos, la sanción pecuniaria contempla desde 20 a 40 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y de 6 a 12 horas de cárcel para quien sea sorprendido cometiendo tal falta.

Además de éstas, existen otras acciones que también se castigan y que, de ser detectadas, pueden sancionarse por parte del juez cívico con horas de cárcel o multas pecuniarias, tales como:
• Desperdiciar y tirar agua de manera innecesaria.
• Arrojar basura, escombros o materiales de desecho en la vía pública o lotes baldíos.
• Omitir el cuidado de mascotas o animales domésticos y maltratarlos.
• Realizar reuniones escandalosas y riesgosas que perturben la tranquilidad del vecindario, fuera de los horarios permitidos.
• Prender fogatas en lotes baldíos, casas abandonadas u otros lugares, sin que existan las debidas precauciones para evitar que se propaguen.

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