El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó sancionar la difusión del mensaje del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, por sus 100 días de Gobierno de 2021.
Por unanimidad de votos, los magistrados coincidieron que el acto no se trató de un informe de labores, de los previstos en la Constitución, sino de un acto ilícito de propaganda gubernamental personalizada. Consideraron que la difusión de dicho informe, el 30 de marzo pasado, violó la veda electoral.
Consideraron que la difusión de dicho informe, el 30 de marzo pasado, violó la veda electoral.
Y es que explicaron que entonces ya habían iniciado las campañas políticas en seis estados (Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora) en los que se difundió el evento a través de 38 emisoras de radio y televisión locales.
La magistrada Jeanine Otálora Malassis señaló que los informes de gobierno están debidamente regulados por las leyes federales, y el mensaje en cuestión no se ajustó a dichos parámetros.
Recordó que durante época electoral únicamente es válido generar propaganda relativa a las autoridades electorales, servicios educativos y de salud, o la necesaria para la protección civil, en casos de emergencia.
”Cualquier otro acto comunicativo gubernamental que no cumpla con esas características debe valorarse para establecer si es un acto de comunicación que tiene por fin informar algo a la ciudadanía o si constituye, en esencia, un acto de campaña gubernamental personalizada con es el caso”, dijo la magistrada.